- ¿Juego de palabras? Ni si quiera eso. Es sólo tomar el rábano por las hojas, sin fijarse en el producto. Tres grupos se han constituido para la batalla y cada uno parapetado en lo que son sus fortalezas y sus debilidades.
¿Qué es la educación superior en el Perú? Para el peruano común y corriente al que los huachafos llaman “hombre de a pie”, es el nivel de educación máximo al que debe llegar el hombre instruido. Pero ¿Alguien ha pensado en explicar en sencillo, en simple, a toda la comunidad qué es la educación superior?
Así se ha empezado a “pontificar” sobre algo que no se conoce o se sabe por cultura general, pero no con argumentos legales. Por ello quisiéramos refrescar y situar en su contexto lo que estamos hablando. En la Ley General de Educación Nº 28044, en el Título III La Estructura del Sistema Educativo. Capítulo I Disposiciones General Art. 29º Etapas del Sistema Educativo, se nos dice que el sistema Educativo comprende las siguientes etapas: a) Educación Básica y b) Educación Superior. Sobre esta última nos dice la ley que “…está destinada a la investigación, creación y difusión de conocimientos; a la proyección a la comunidad; al logro de competencias profesionales de alto nivel, de acuerdo con la demanda y la necesidad del desarrollo sostenible del país.”
En el Capítulo V La Educación Superior en el art. 49º Definición y finalidad, se dice que “es la segunda etapa del Sistema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fin de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país. Para acceder a la Educación Superior se requiere haber concluido los estudios correspondientes a la Educación Básica.”
En el Art. 50º se dice que las instituciones que imparten educación Superior establecen entre sí mecanismos de coordinación que les permitan la subsanación y convalidación de estudios. El Art. 51 se refiere a las instituciones universitarias, así como a institutos, escuelas y otros centros que imparten Educación Superior, que pueden ser públicos o privados y se rigen por ley específica.
Hasta aquí este preámbulo para ubicar la denominada educación superior y el tipo de instituciones que la desarrollan: las universidades y los institutos, escuelas y otros.
2. Ausencia. Como podrá apreciarse se nos dice cual es la finalidad de la educación superior, pero no se elabora un marco que sustente la política de educación superior, en la constitución de la educación peruana. Una normatividad sin un marco teórico, sin historia, sin institucionalidad, sin filosofía, y sin la noción de calidad en educación superior, puede caer fácilmente en una ley marco reglamentarista.
La carencia de aspecto central y medular de la educación superior nacional lleva a reducir la propuesta legal a una normatividad sin espíritu, sin objetivos claros y menos metas precisas referidas al nivel en que se quiere formar a los futuros profesionales del país.
Esta ausencia de planteamientos teóricos, filosóficos, pedagógicos y de los nuevos enfoques que se quiere para la formación de profesionales para el siglo XXI, hace posible que cualquiera en el mercado pueda formar una organización de acuerdo a sus intereses mercantilistas, antes que aporte al desarrollo del país.
Diagnósticos, estudios, investigaciones sobre el estado de nuestra educación superior existen en los anaqueles de los investigadores y en el olvido de los funcionarios que deben conocerlas para tomar decisiones adecuadas y no tamizadas por tendencias y enfoques político partidistas.
El artículo “Mayor acceso con menor calidad en la educación superior: algunas evidencias desde las habilidades de los estudiantes” realizada por Gustavo Yamada, Juan F. Castro, José L. Bacigalupo y Luciana Velarde, de la Universidad del Pacífico. (Revista APUNTESD.Vol. XL, N° 72, primer semestre 2013: páginas 7-32 / ISSN 0252-1865), es una de los pocos del presente año 2013 que desde la investigación, reflexión y academia presenta el problema de la educación superior de manera crítica, sin entrar en los matices de la propiedad institucional, autonomía y dependencia del presupuesto nacional. El artículo se refiere a la evolución del acceso a la educación superior en el país y evalúa también la hipótesis de que ella misma ha venido acompañada de un deterioro en las habilidades del estudiante universitario promedio. Por ello afirman que el incremento al acceso a la educación superior ha contribuido a la caída de la calidad educativa.
Un estudio serio, concreto, que no se deja teñir por intereses mezquinos de defensa de derechos particulares nos presenta otra entrada al tema de la educación superior. Consideramos de importancia compartir lo que los autores a modo de conclusión precisan, pues abarca a todo el sistema educativo en breves líneas y deja un mensaje importante para el Estado.
“El conjunto de información discutida aquí es consistente con la hipótesis de que en la última década ha habido un deterioro en el acervo de habilidades con las que los jóvenes ingresan a la educación superior. Como hemos observado, la promoción de la iniciativa privada ha generado un incremento sustantivo en la oferta educativa en respuesta a la mayor demanda por educación superior en nuestra sociedad. No obstante, en un país con logros de aprendizaje muy pobres, estos desarrollos pueden llevar a una caída en el nivel de habilidades de los alumnos universitarios. Si bien un incremento en el acceso a la educación superior es deseable como herramienta para el desarrollo económico y humano del país, es necesario que venga acompañado de reglas de juego que preserven sistemas de admisión relativamente exigentes. Asimismo, la educación básica debe incrementar sustantivamente los aprendizajes de los estudiantes. De nada sirve tener un mayor porcentaje de nuestros jóvenes con educación superior completa si al llegar al mercado laboral lo único que obtendremos será una mayor proporción de desempleados con títulos (y un incremento del subempleo profesional).
Frente a estas conclusiones no se puede responder sólo con una nueva ley universitaria que sesga el tema. Lo que debería hacerse es abordar de una buena vez el tema de la educación superior como política de Estado en el marco que estipula la Ley de Educación Nº 28044. No seguirnos lamentando y fundamentando cambios a partir de informes periodísticos televisivos. Lo que expresa esta investigación es más que suficiente para hacer una agenda de trabajo de académicos de prestigio dedicados a formar profesionales. Por ello se deduce que un conjunto de postulantes con un nivel bajo de habilidades, de la mano con instituciones educativas con estándares de admisión demasiado flexibles, son evidencias a favor de la hipótesis de un deterioro en la calidad de la educación superior.
3. ¿Cuánto cuesta ser audaces? El cálculo político, el “respeto” al qué dirán, el querer contentar a todos, en un mundo en permanente conflicto, hacen que se posterguen decisiones que sabemos son un obstáculo para el desarrollo de una política educativa ceñida a las demandas del país, con proyección al futuro. Por ello consideramos importante tener en cuenta lo siguiente
– el diseño de los lineamientos de una política de educación superior convocando a las principales universidades públicas para tal tarea. Abrir el debate sobre los lineamientos de la educación superior entre las instituciones nacionales;
– modificar sustantivamente el DL 882 Ley de Promoción de la inversión en la educación luego de hacer una evaluación de lo realizado a la fecha en la aplicación del DL. La interpretación que se hace del DL 882 ha llevado a excesos negativos en algunos casos y en otros ha alcanzado importantes aportes. Ya el informe sobre Educación Superior en Iberoamérica 2011 coordinado por José Joaquín Bunner, en el capítulo A.5. Perspectivas nacionales A.5.15 Perú: advertía, “Con la promulgación del Decreto Legislativo Nº 882 en 1996, se crea un tipo de universidad denominada «con fines de lucro». La actual legislación establece una diferenciación entre universidades «institucionalizadas» y universidades que se encuentran con «Autorización provisional» del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, CONAFU. Las primeras comprenden universidades creadas antes del año 1995 o que posteriormente han sido autorizadas definitivamente por el CONAFU para funcionar con autonomía, por lo cual no están obligadas a ninguna evaluación externa sobre su calidad. Cuando una Universidad se crea, depende provisionalmente del CONAFU por un periodo de evaluación que dura no menos de cinco años hasta su autorización definitiva. Después de su autorización, las universidades pueden establecer programas (presenciales, semi-presenciales, a distancia o virtuales) sin control de su pertinencia y calidad. Soslayar esta opinión técnica y creer que debe reemplazársele por una Superintendencia, es burocratizar la educación superior y dejar otros problemas por resolver;
– crear un ente coordinador y regulador que asegure la calidad de las universidades e institutos y escuelas superiores, mediante la planificación y toma decisiones de manera integrada sobre el sistema de la Educación Superior en coherencia con las necesidades y políticas de desarrollo del país;
– hacer realidad lo que el art. 50º de la Ley General de Educación enuncia sobre La articulación, para garantizar a los usuarios del sistema la posibilidad de acceder a óptimos niveles de profesionalización y perfeccionamiento. Por ello las instituciones que imparten Educación Superior establecen entre sí mecanismo de coordinación que hagan posible la subsanación y convalidación de estudios;
– existen conceptos como autonomía, transparencia, rendición de cuentas, la ética del actuar y el desempeño de los docentes, acreditación, que son necesario revisarlos, y enriquecerlos desde la perspectiva de la mundialización que estamos viviendo. No puede la educación superior estar de espaldas a los fenómenos sociales. Todo lo contrario, es necesario incorporarlos y abrirse a sectores mayoritarios, incluirlos y no seguirlos manteniendo sólo como objetos de estudio e investigación.
¿Quién se atreve a proponer la agenda de manera lúcida y sin el riesgo de caer en sambenitos? ¿Quién convoca a los académicos probos y les proporcionan los medios para elaborar una propuesta de Lineamientos de la Educación Superior del Perú? De no hacerlo nos veremos próximamente envueltos en una vorágine de apetitos mercantilistas que lejos de pensar y velar por la calidad de los profesionales que requiere el Perú, piensa más en amasar fortunas. ¿Por qué reducir el tema sólo a la formación universitaria y no atreverse a abordar el tema de la Educación Superior? Estamos a tiempo. (21.12.13)