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Padres de familia y buena educación

25 enero 2014
  1. 1.           Una invitación.  Hablar de una buena educación, hablar de educación pública y de educación privada, hablar de sistema económico que monopoliza decisiones y prioridades es bueno y conveniente en épocas de desconcierto como en el que nos encontramos. Poco se habla hoy del acuerdo nacional, menos del proyecto educativo nacional. Poco a poco vamos convirtiendo el lenguaje educativo al lenguaje empresarial: necesidad de ser eficientes, ser eficaces, mejorar las matrices de planificación, contar con indicadores, analizar resultados, contar con mejores recursos, aumentar el % del PBI.   

Una realidad que nos plantean y nos ofertan los medios desde objetivos lejanos a la formación de los ciudadanos que requiere el país para desarrollarse y hacer que las empresas se forjen, respeten derechos y obligaciones, que velen por el desarrollo humano y no sólo por el afán de lucro y de inversiones. Estamos llegando al cenit de la oferta desenfrenada del gran capital al punto que se ofrece a la juventud peruana una sociedad a contrapelo de lo que es un país pluricultural, diverso.

El año escolar se acerca y se sigue cuestionando a la escuela pública, al sistema educativo nacional, desde diversos ángulos. Ahora el centro de la batalla está primero en los textos escolares, sabiendo que estos los provee el Estado de forma gratuita a los alumnos de todos los niveles. Luego se presentan las tensiones por la cuota que cada padre de familia debe otorgar a la APAFA . Esta cuota es acordada por los padres de familia en asamblea, sin embargo año a año se suscitan protestas y reclamos. Los medios de comunicación en lugar de explicar, de aclarar de qué se trata,  de apoyar a la organicidad institucional,  difunden denuncias y escándalos.

A los padres de familia les falta mucho conocimiento de la cultura escolar, les cuesta involucrarse en el proceso en que están sus hijos en el aula, en la escuela. Indudablemente no distinguen entre lo que es educación gratuita y la responsabilidad de todos los padres que constituyen la  APAFA de la institución educativa donde estudian sus hijos, que existe un reglamento de la ley (Ley Nº 28628,) que regula la participación de  las Asociaciones  de Padres de Familia. Así nos dice en el Art. 1º “… La participación de los padres de familia tiene por finalidad contribuir con los demás actores educativos al mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y servicios que ofrece la Institución Educativa.”

A los padres de familia ¿se les ha hecho alguna actividad para que conozcan sus responsabilidades? Se invierte y mucho en ponderar los problemas de la escuela pública y poco en señalar lo que podría hacerse para recuperarla. Se habla de la alianza público privada para “levantar” la educación nacional, pero nadie invierte en la información a los padres de familia, nadie los esclarece, pocos reciben soporte técnico, asesoría.  El contenido de la ley y su reglamento requieren lectura y comprensión. No es una norma que se aplica y se cumple, todo lo contrario: compromete. Y esto parece que no se comprende. No se trata de denunciar y hacer escándalo, se trata de construir institucionalidad y asumir responsabilidades pues la educación de nuestros hijos nos compete a todos los que formamos la comunidad educativa. ¡Qué pobre espectáculo aquel de denunciar, llevar a la autoridad para que en conjunto todos se pongan de acuerdo! ¿En esto consiste la educación ciudadana que recibimos? ¿O es que para ello se clamará el curso de educación premilitar?

 2.            Un compromiso.  Se habla mucho de calidad de la educación y se piensa que ese es un compromiso de las autoridades del MINEDU. ¿Y la familia? ¿No formamos parte de la comunidad educativa? Nuevamente nos encontramos con la falta de compromiso y responsabilidad tanto de los padres de familia, como de los medios de comunicación. ¿Desde qué enfoque se informa? ¿Solo desde el hecho a informar que no distingue lo constructivo del escándalo? Causa grima escuchar y ver las “denuncias” que se vienen realizando, que más del sentir de quienes las protagonizan, son fruto del desconocimiento de normas educativas sobre el tema.

 

La escuela no es la misma en donde estudiamos los padres de familia. La escuela de hoy es diferente, tiene otros retos, el perfil de los alumnos es diferente, la formación de los docentes ha variado. La institución educativa de hoy es interactiva, el alumno es el protagonista, desarrolla sus capacidades, descubre sus potencialidades, desarrolla sus conocimientos. ¿Esta imagen de escuela la conocen los padres, la comprenden? El docente de hoy es un mediador en el proceso de aprendizaje, la organización de la clase no es rígida sino de acuerdo a las actividades que se realicen. La introducción de la tecnología ha abierto cambios en la forma de enseñar, la didáctica es variada, la metodología adecuada a los contenidos que deben desarrollar los alumnos. La educación como derecho sigue siendo gratuita, pero no todo lo puede proporcionar el Estado, por ello los padres de familia en asocio se unen para colaborar.

 

Hoy el docente trabaja previamente realizando un estudio de sus alumnos, de sus conocimientos previos, utiliza los medios necesarios para poder desarrollar sus potencialidades y la creación de nuevos conocimientos. El tema de la inteligencia emocional es incorporado en el estudio del aula para saber las potencialidades de los alumnos, sus tensiones, sus potencialidades. El clima del aula es otro elemento que colabora en la formación de los alumnos. Otros temas que tienen que ver con la creatividad, el desarrollo de capacidades artísticas, científicas, literarias, de los alumnos son trabajados por los docentes y desarrollados mediante talleres en toda la institución educativa. ¿Saben esto los padres de familia? Lo sabrían si participaran en las instancias que la ley les permite: asamblea, comité de aula, de taller, el Consejo Educativo Institucional (CONEI)?.

 

Estos cambios pedagógicos, didácticos, académicos requieren del conocimiento y la comprensión de los padres de familia. Ellos cuentan con una organización que los agrupa y que tiene su propia agenda de trabajo y se toman acuerdos que rigen para todos los padres de familia de la institución educativa. Sin embargo la institución que los agrupa es poco conocida y por ello muchas veces se distorsiona sus funciones. Sería bueno que los  padres de familia contasen con el Reglamento de las APAFAS y revisasen los artículos 10º; 11º y 12º. De paso convendría que los reporteros de medios y analistas tuvieran a la mano un ejemplar que les permita actuar con propiedad y no sean receptores de escándalos antes que formadores de opinión.

 

El Reglamento le asigna atribuciones a la asociación para que participen en el proceso educativo de sus hijos colaborando, vigilando la distribución oportuna de los materiales educativos, el cuidado de la infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar tanto educativos como lúdicos y deportivos. También deben cooperar con la escuela para garantizar seguridad e integridad de los estudiantes; preocuparse con la dirección  para evitar la deserción e inasistencia de estudiantes; gestionar y colaborar programas de apoyo alimentario, de salud física y mental, de deportes, recreación, orientación vocacional y otros. Contar con la información necesaria sobre temas administrativos, financieros y económicos. Participar nombrado veedores en procesos de adquisición de bienes y servicios; estímulos para estudiantes, personal docente y administrativo ajustadas a ley. Este es el compromiso para el cual deberían ser informados y capacitados los padres de familia. La institución educativa y la Asociación de Padres de Familia son soportes del proceso educativo. Su consolidación y fortaleza contribuirán a mejorar la buena educación que deben recibir los educandos.

 3.            Atribuciones que deben ser realidad. Los actos que contempla el Reglamento de las APAFAS y que deben ejercer los padres de familia es necesario que se dinamicen. El abanico de actividades que se abren está cruzado por la palabra participación como un derecho que les compete y que deberían ejercerlo. ¿Saben de qué se trata?  Muy pocos.

 

Considero que es necesario ampliar la visión educativa en la formulación de políticas, planes educacionales en la gestión como administración del sistema educativo. Todo ello debería desarrollarse en el marco de la autonomía que debería contar la institución educativa. Pero ¿la tiene?

 

Existe cierto tutelaje en el desempeño  de los responsables de la gestión directores y docentes que no pueden desarrollar una estrategia de participación. ¿Los padres acuden a la institución para recibir información, asisten a los comités de aula (¿cuántos?) como una rutina, sin acuerdos que los vinculen al proceso que desarrollan sus hijos?

 

La relación que ha  de establecerse entre padres de familia e institución educativa debería promoverse más que solo para superar diversos problemas que se dan y que deben ser abordados, en función de aspirar y construir una escuela más democrática, que brinde una buena educación y que responda a los intereses de la comunidad.

 

Es penoso apreciar al inicio de cada año informes sobre denuncias, contradicciones entre funcionarios, directores y padres de familia. ¿Por qué no se le da la atención debida a la organización de los padres de familia? No es una organización cualquiera. Requiere de conocer sus objetivos, sus derechos y responsabilidades. ¿Existe un plan o se le deja al director de cada institución que lo haga? ¿se le supervisa? Los padres de familia orgánicamente pueden y deben aportar al aprendizaje de sus hijos.

 

Una buena educación y alcanzar una mejora en los aprendizajes de los alumnos implica también que los padres de familia intervengan y se comprometan en el proceso educativo.  Las APAFAS podrían ser un buen vehículo y aliado. No desperdiciarlo. (25.01.14)

 

P:S: Amaneciendo el viernes una nota de Foro Educativo nos informa que el P. Ricardo Morales Basadre S.J  ha fallecido. Toda una vida dedicada a la educación peruana a contracorriente de la voz oficial. Promotor del Proyecto Fe y Alegría, Vice presidente de la Comisión de la Reforma educativa de 1972, primer director de Foro Educativo y primer presidente de Consejo Educativo Nacional; primer director del FONDEP. Entre los textos que nos lega por ser fruto de su coordinación han sido la Consulta Educativa, el Proyecto Educativo Nacional y otros sobre educación publicados por instituciones y organizaciones nacionales. Gracias P. Ricardo por su vida, su entrega y su legado. Seguir su huella es un reto permanente para todos los que nuestra vocación y opción ha sido y es la educación nacional. Lo recordaremos siempre.

De la leva al SM ¿O?

8 junio 2013

1. No sólo el tiempo sino el espíritu. La narración de los abuelos, allá en la provincia, el comentario de los compañeros en la escuela pública, cuando concluía el año y cómo debían cuidarse de la “leva” en los meses de verano: Los sorteados eran enviados en camión a la capital del departamento y luego a Lima. No habían ómnibus, ni coaster. Tiempos idos, pero una ley que no aprendió en su aplicación, ni legisladores que supieron escuchar a los directamente involucrados.

Estos “levados” eran reunidos con otros que llegaban de las “cabezadas” (lugar cercano a la costa, pero en las estribaciones andinas). Ellos llegaban asustados, nunca o casi nunca habían salido de sus casas, de sus chacras y de la noche a la mañana se veían detenidos y llevados a la fuerza a “servir a la patria”. ¿Qué significaba la patria para ellos? ¿qué imagen tenían de la patria? ¿a nombre de quien eran detenidos y apresados? ¿por qué los conducían a pie, amarrados de los brazos unos tras otros, por los caminos, hacia la ciudad más cercana? Nadie explicaba nada. Era una orden y había que levarlos para servir a la patria. Nada más.

La orden consistía que en la plaza pública se llevaba a cabo el sorteo. Luego las autoridades levantaban un acta y firmaban. El contingente resguardado por la policía se iba rumbo a su destino. Una ceremonia realizada por las autoridades, con la finalidad de enviar a los levados a loa capital del departamento ¿Comían estos jóvenes? ¿Tenían sus indumentarias?

Maltrato, poco respeto a la persona, desconocimiento de los derechos. Autoritarismo, disciplina férrea para con personas en formación, para “templarles” el carácter, como decía un policía de entonces y de ahora.

A pesar de que el SM ahora es voluntario las cifras que difunden los medios indican que lo legislado y aplicado hasta hoy no da los resultados previstos. Todo lo contrario. 26 mil jóvenes desertaron del SM por sentirse maltratados (El Comercio.05.06.13); el 68% abandonó su base o cuartel por necesidades económicas apremiantes que no les permite aportar al mantenimiento de su familia; la propina que se les da oscila entre 256 y los 365 soles mensuales, inferior a los 750 soles que es el sueldo mínimo vital. Otras denuncias recogidas por la Defensoría del Pueblo, que no deben haber agradado al Ministro de Defensa, que en lugar de revisar el Reglamento, denosta contra la opinión del Defensor y tilda su actitud como de ambición política en este momento que se elegirá Defensor por el Congreso. Olvida que estas advertencias se le alcanzaron el 24 de mayo al Ministro al Ministro y al Comando Conjunto y se sustentan en visitas de la Defensoría a 24 bases realizadas entre el 10 de abril y 7 de mayo del presente año.

El Reglamento aprobado recientemente ha producido mucha controversia. Poca difusión para los interesados, quienes se vienen enterando por los medios y los comentarios variados que se dan, como ya nos viene acostumbrando el actual gobierno. El Reglamento de la ley del Servicio Militar ha debido ser consultado. No se ha hecho y resaltan las críticas que se han dado estos días.

Para quienes lo han redactado está bien estructurado desde la perspectiva militar, pero ha debido ser compatibilizada con el parecer de la sociedad civil. Son enfoques diferentes que deben llevar a reforzar el concepto de ciudadanía en un país democrático y en desarrollo. No se trata de “formar” soldados para defender a la patria, para ello existen las escuelas profesionales. Es un viejo estilo de querer promover el servicio a la patria, pero sin querer cambiar de mentalidad, sin revisar enfoques de instrucción, de formación. Por ello el cartabón repite lo de siempre. ¿Por qué no se quiere entender de una buena vez que somos un país democrático, civil y no militar? ¿Por qué atribuir sólo a los militares que intervengan en sus leyes y reglamentos? ¿Acaso no se sabe que colisionan con la vida civil de la mayoría de los ciudadanos que no han escogido ser militares?

Desde la escuela el discurso pedagógico está enfocado en el respeto a los deberes y derechos de la persona, de la manera como se construye ciudadanía, de los valores y el respeto a los demás. ¿Cómo quedamos los maestros cuando se quiere imponer una ley que atenta contra la libertad de la persona y además es discriminatoria?

2. Preguntas

El Reglamento en su Art.3º Respeto a la persona, dice que “…regirá durante el período en que el personal se encuentre cumpliendo el Servicio Militar y son valores que todos tienen la obligación de respetar y el derecho de exigir.” ¿Acaso no son estos derechos universales y no sólo para quienes cumplen el SM?

Si el SM es una actividad de carácter personal ¿por qué líneas después se somete a sorteo vía RENIEC a quienes servirán al país? ¿Y la libertad personal dónde queda? (Art. 4º)

¿Qué concepción se tiene del SM en el siglo XXI? (Art.6º) ¿Hablar del derecho y deber de participar en la defensa y desarrollo nacional, no es consubstancial al derecho de ser ciudadano en un país democrático?

La Finalidad del SM (Art.7º) ¿no atenta contra los derechos de la persona? ¿Qué ocurre con aquellos jóvenes que no sienten empatía por lo militar? Seguro como se dice más adelante caen en una infracción y las sanciones correspondientes. (Art. 137º y 138º). ¿Qué hacer con los que no tienen recursos para poder pagar la sanción y quedar libres de la infracción? ¿No es esto discriminatorio?

Los exonerados al SM son tantos que de manera fácil evadirán el Art 41º ¿Por qué hacer tan enredado el reglamento en esta parte? ¿Para que cueste exonerarse? Como dice el ex Ministro de Defensa el Gral. Chiabra ¿Cómo sustentará un ambulante, que no tributa, ser cabeza de familia?

¿Por qué incluyen en la exoneración a los estudiantes de institutos técnicos? ¿No lo merecen como los estudiantes universitarios ser exonerados? Las respuestas que se dan no son claras.

A estas preguntas añadiremos otras que están fuera del contenido del Reglamento: ¿Por qué en las bases militares se vende productos a la tropa? ¿No es una manera de quedarse con parte de la mísera propina que les dan a los reclutas? ¿Esto no ocurría en la hacienda o en las minas con las famosas mercantiles de propiedad del patrón, donde los trabajadores dejaban su salario al saldar cuentas recogidas en un cuaderno o libreta?

En una sociedad civil, las instituciones estatales no deben ser coto cerrado, sino transparentes cuando se utilizan recursos públicos y más cuando en nombre de ellos se forma y educa. De igual manera que se exige al Ministerio de Educación contar con un currículo actualizado, es necesario conocer lo que se les enseña a los reclutas; allí deben haber contenidos básicos, fundamentales y ejes transversales. Esa consigna “sin duda ni murmuraciones” , ya no tiene cabida en una sociedad democrática y civil. Es necesario revisar conceptos sobre realidad nacional, defensa, seguridad, de acuerdo a la modernidad y no a manuales. El Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN- tenía un lema en su frontis: “Las ideas no se imponen, se discuten”. Preguntamos si este lema está vigente o ha sido superado por otro, o ha regresionado.

3. Tratando de sacar conclusiones. Consideramos, y es una pena constatar que quienes han elaborado el Reglamento viven una modernidad agónica. No significan nada los adelantos relacionados con el desarrollo personal, la psicología de la juventud del siglo XXI, sus categorías, sus aspiraciones, su percepción del mundo.

Como dice el historiador Carlos Contreras en su artículo en la revista Ideele 229 ”Ser soldado se ha convertido en uno de esos oficios que en los países desarrollados solo se avienen a desempeñar los inmigrantes. Pareciera el fin del modelo del ciudadano armado y su reemplazo por lo que sería el “ejército profesional”. Igual que en los casos de médicos, maestros o jueces, la Nación requiere una fuerza especializada, en este caso para la guerra. Ser soldado no parece, empero, un oficio como aquéllos, dado el elevado nivel de riesgo que conlleva y el malestar que puede generar desenvolverse en una organización vertical, donde las órdenes deben cumplirse sin dudas ni murmuraciones.”

Quienes están poniendo en evidencia los sofismas de este Reglamento, pensado para ciudadanos que son considerados como “siervos leales” en nombre de la Constitución, reflejan que la mentalidad tradicional de las instituciones tutelares del país, no se ajustan a los procesos que vivimos. Todo lo contrario.

El mercado, en un modelo económico neoliberal, requiere de mano de obra barata y servil. En el caso del servicio militar quiere adecuar su modelo a lo que el mercado demande en cada Estado para proteger un modelo que pretende ser equitativo, siendo todo lo contrario. Para ello tiene un caballo de Troya de dos cabezas: una académica y otra política que trata de “traducir” la estrategia de contar con ejércitos, cuando los diferendos de las naciones se deciden en las relaciones entre estados y mediante la tecnología.

Consideramos que no debemos ser insensatos permitiendo que esta ley se aplique y marchite la vitalidad de unos jóvenes que aspiran a su desarrollo personal y no a ser avasallados por una forma de percibir y aplicar la disciplina, como si estuviéramos en siglos pasados. Una pena que nuestras Fuerzas Armadas estén formadas y dirigidas con enfoques y contenidos que no responden a la esencia de lo que debe ser el servir a la Patria en democracia y con ciudadanos plenos de derechos y deberes, asumidos por convicción y no por obligación. De lo contrario tendremos que leer que lo que se quiere, a pesar de los pesares ministeriales, es una Ley y Reglamento del Servicio Militar Obligatorio y no como se dice que dice el texto. Así no gana el Perú señores (08.03.13)

UN REGLAMENTO QUE ESCLARECE Y CONCRETA, PERO TAMBIÉN PREOCUPA

11 mayo 2013

1. Se requiere una visión global. Tal vez no caiga bien en el entorno magisterial, pero considero que dar a conocer de manera fragmentada el contenido del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial como los hacen los medios no construye. Todo lo contrario, crea controversias, fruto de un juego que imponen los medios y no el buen saber y entender como es el de los maestros.

Algunos dan su apreciación desde el ángulo en donde se posicionan por razones valederas, sin duda, pero que ayudan poco a construir y concretar el proyecto educativo nacional, en la parte referente a los docentes. Sin duda existen debilidades en el Reglamento, existen vacíos, pero el espíritu en que se ha elaborado es en un marco mayor que demanda la equidad, la inclusión y el posicionamiento del docente como actor principal de desencadenar procesos de aprendizaje en los alumnos y la mejora del sistema educativo nacional.

Podrá etiquetarse la frase anterior de complaciente, sin embargo, responde al hartazgo y reiteración de ver los temas desde una óptica individual y no colectiva. El magisterio es dentro del Estado el grupo más maltratado desde su formación, hasta el ejercicio de la función en el desempeño en el aula. Los juicios emitidos desde la sociedad son desmerecedores para una profesión que no es parecida a las demás sino diferente, pues exige no sólo preparación, conocimiento, sino compromiso, entrega, vocación pues se trata de formar a los futuros ciudadanos del país.

¿Por qué se resaltan sólo los temas de posible disconformidad y no se hace un enfoque global de lo presentado? Una presentación de esta naturaleza le hace el juego a quienes promocionan la ley del mercado, a quienes opinan que la educación no es un derecho sino un servicio, a quienes desde posiciones económicas preferenciales critican a la educación pública y ofertan la educación privada como la opción que garantizará la calidad de la educación.

Considero que ninguno de los docentes de las instituciones educativas públicas optará por migrar a las privadas porque allí la ley laboral se vuelve turbia, la organización sindical no existe, menos la mesa de diálogo. Todo lo contrario. El enfoque y visión es empresarial y como tal todos deben responder verticalmente a la línea de mando, donde el director pasa a ser el gerente y los demás ocupan las instancias jerárquicas dentro del pensamiento empresarial. Se quiere resultados, rendimiento, indicadores de logro que mostrar, etc. ¿Y la persona y su desarrollo? ¿Y los docentes? Contratados muchas veces sin goce vacacional. ¿Y de los sueldos? Etc. ¿Es lo que queremos de la educación en nuestro país?

La ley de Reforma Magisterial y su reglamento demandan una reflexión profesional desde la perspectiva de que somos un país diverso, intercultural, que tiene aún muchas brechas que cerrar para optar por el desarrollo deseado que debemos contribuir a construir y consolidar.

Sabemos de la historia de las leyes del profesorado y de la carrera pública magisterial, cómo se lograron y cómo defraudaron y naufragaron en promesas de quienes se ufanan de ser los autores, pero que en el transcurso de su gestión no fueron capaces de actuar con transparencia de cara al magisterio. Triste sino que no podrán borrarlo, pero está guardado en la memoria magisterial.

2. DS Nº 004-13-ED Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial 29944. ¿Los maestros lo han leído completo? Algunos sí, otros sólo lo que los diarios –algunos- publicaron, unos terceros lo ignoran. ¿Podemos opinar que es rechazado o invalidarlo a partir de una crítica interesada, sesgada?

Sin duda existen intereses de los docentes para ubicarse en este reglamento. Eso es válido. Pero no se puede leer el documento por entregas como lo hacen algunos diarios, sino en conjunto para poder interpretar lo que se ha establecido y encontrarle sentido. Una interpretación periodística es diferente a la interpretación de un docente. La mirada es diferente. No se trata de exacerbar intransigencias, sino explicar de manera coherente lo que la ley ha estipulado. El reglamento se ciñe a la ley y depende de ella; por lo tanto es específico, tiene su particularidad.

Por ello el reglamento cuenta con un Índice que consta de Títulos (Seis); Capítulos (XV); Artículos (214); Disposiciones Complementarias Finales (12); Disposiciones Complementarias Finales (10); Disposición Complementaria Derogatoria (1).

Sin duda el corpus específicamente no requiere mayor explicación, aunque pueden darse dudas. Por ello es necesario leerlo en equipo para analizar el contenido, si hubiere preguntas tratar de anotarlas y consultarlas con otros compañeros, en el sindicato. No sacar conclusiones a priori cuando exista complicación en la comprensión. La racionalidad es la que debe presidir el análisis y no el pretexto para quitarle peso a lo expresado.

Por ello es importante enfatizar el estudio y análisis del contenido de las disposiciones complementarias finales, pues ellas son la clave para que el reglamento pueda aplicarse plenamente. Sin duda parece una verdad de Perogrullo, pero no es así. Es recomendable leerlas con detenimiento y tomar en cuenta aquello de los plazos que se consignan. El cumplimiento de los mismos es vital para que el proceso del Reglamento empiece a ser realidad. Su incumplimiento puede entorpecer la aplicación del Reglamento.

En este sentido deberán tener en cuenta:
– Los 120 días calendarios que tiene el MINEDU para definir los cargos de las cuatro áreas del desempeño laboral con la intervención de las direcciones responsables de las diversas modalidades y formas educativas. Los cargos se implementarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del sector.(Primera).
– En 90 días deberán definirse los ámbitos territoriales considerados como rurales y de frontera, observando las normas legales vigentes (Segunda).
– En 180 días calendarios se deberá aprobar las normas específicas del tratamiento jurídico que regirá a los auxiliares de Educación (Tercera).
– En 60 días se contará con las respectivas resoluciones nominales que ubiquen a los profesores comprendidos en la Ley del Profesorado y la Ley de la Carrera Pública Magisterial en la escala que les corresponda. (Quinta).
– 02 años tendrán los profesores nombrados sin título pedagógico (2ª disposición complementaria transitoria y final de la ley) para obtener y acreditar el título profesional pedagógico. Caso contrario serán retirados del servicio magisterial público (Sexta).
– En los PRONOEI: sólo accederán al cargo de docente coordinador los profesores que hayan ingresado como profesores de aula.(SÉTIMA).
– Profesores de IIEE unidocentes. Se ubican en el cargo de profesor con jornada de 30 horas y asumen además el cargo de director. Por ello recibirán asignación por jornada de trabajo adicional (Octava).
– Los profesores del VRAEM. Recibirán una asignación especial. El monto y los distritos del ámbito del VRAEM se fijan mediante DS (Novena).
– Licencia sin goce de remuneración a profesores en cargos de confianza. Sólo percibirán lo que les corresponde por plaza y cargo en los que han sido designados (Décima).
– Adecuación de cargos anteriores a la ley. En el caso de que el cargo haya dejado de existir el profesor será reubicado como profesor de aula o por horas, de acuerdo a su formación inicial y especialización certificada (Décimo primera).

3. Cerrando brechas, curando heridas. Lo ofrecido por el Reglamento, para los profesores jóvenes es esclarecedor y un adelanto en la legislación docente. No puede negarse que el aporte es un avance para ir cerrando brechas y recuperar los elementos que deben constituir el desarrollo de la profesión docente. Muchas heridas se abrieron en el camino, muchos desencuentros se han dado, pero habrá que sopesar el esfuerzo que debe darse entre dirigentes y responsables de la política educativa nacional para hacer realidad el desarrollo de nuestra educación pública y demostrar que somos capaces de recuperar espacios democráticos, ciudadanos que el sector privado no los puede ofrecer porque otros son sus objetivos y fines. Hacer suyo el reglamento y velar por que se cumpla lo aprobado es la tarea de hoy en delante de los docentes del país.

Sin embargo una preocupación de las muchas que se vienen dando es la referida al Art. 114 Retiro por límite de edad. Este artículo amerita ser reformulado. Si bien la ley manda el retiro de un profesional del Estado a los 65 años, no puede aplicarse aquello de “El retiro se efectúa de oficio…” El proceso educativo no se puede interrumpir de esa manera: ¿no cuenta la persona? ¿no cuentan los alumnos? ¿no cuentan los padres de familia? ¿No puede darse una excepción y decir hasta que culmine el año escolar? ¿Por qué mirar y tratar lo educativo con medidas puramente administrativas?

El tratamiento de lo legal en educación no debe ser todo lo taxativo que requiere el mandato de la ley. Debería considerar el proceso educativo, el respeto que se debe tener por los alumnos y los procesos de aprendizaje que van desarrollando. Si todo se mira desde la perspectiva fríamente legal sin un enfoque pedagógico. Lo educativo desde lo legal merece un enfoque diferente y si se trata de un maestro que ha dedicado su vida profesional con mayor razón. Esperemos que una medida de esta naturaleza no obnubile lo bueno que se ha construido. La impersonalidad del Oficio Múltiple Nº 0033-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER es una señal que no debe darse.

Esperemos para el bien del proceso de desarrollo del Reglamento, que se encuentre una solución equitativa. ¿Es justo lo que pasará en los próximos días con 500 maestros que han cumplido 65 años en Chiclayo? ¿Quiénes exacerban los ánimos al no mirar una nueva forma de enfocar el cese de dichos docentes a fin de año? El aforismo romano Dura lex, sed lex no puede aplicarse a docentes que dedicaron su vida a la enseñanza. Debería haber una estrategia distinta para el cumplimiento de la ley. No hay que borrar con el codo lo que se escribió con la mano.

Además de las incomodidades que pueda causar a los estudiantes la aplicación de este dispositivo del Reglamento, está el malestar que causa a los docentes que estaban en la Ley del Profesorado, porque ellos ingresaron al servicio público con una ley en la cual la jubilación era a los 70 años. No se puede aplicar, en el camino, una norma que perjudique al trabajador. Esto podría aplicarse a los que recién ingresen a la carrera.

El problema no está en la falta de recursos humanos para reemplazar a los docentes que se jubilen sino que los estudiantes tendrían que cambiar innecesariamente de maestro cuando está ya iniciado el año escolar. Por ello nos parece importante tomar en consideración lo que plantea el SUTEP en un Comunicado del 6 de mayo (http://es.scribd.com/doc/140031562/Comunicado-SUTEP-sobre-cese-por-limite-de-edad ) sobre el artículo Nº 114: suspender temporalmente el cese de los docentes que cumplan 65 años, hasta concluir el año escolar. Consideramos una petición pertinente y además que las autoridades estudien el concordar este artículo de manera que no colisione con el desarrollo del año escolar. ¿Es mucho pedir? (11.05.13)

Proyecto de Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

11 febrero 2013

Proyecto de Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

Luis Miguel Saravia C.
Educador
Lima – Perú

1. Palabra empeñada, palabra cumplida. El día 5 de febrero del presente año, la Ministra de Educación firmó la Resolución Ministerial Nº 0062-2013-ED, que dispone que la Oficina de Prensa realice la pre publicación del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, con la finalidad de recibir sugerencias y alcances de las instituciones públicas, privadas y de todos los ciudadanos en un lapso de 10 días calendarios. El documento se puede encontrar en la siguiente dirección digital: http://www.perueduca.pe/img/ext/reglamento.pdf

Es de reconocer el esfuerzo realizado por funcionarios y técnicos del Ministerio de Educación, quienes han trabajado la presente propuesta que consta de Cinco Títulos: I Disposiciones Generales; II La Carrera Pública Magisterial; III Deberes, Derechos, Estímulos, Sanciones y Término de la Carrera; IV Remuneraciones, Asignaciones e Incentivos; V Jornada de Trabajo, Vacaciones y situaciones administrativas. Disposiciones Complementarias Finales; Disposiciones Complementarias Transitorias y Disposiciones Complementarias Derogatorias. Son 215 artículos que constituyen este Reglamento.

El trabajo está realizado, sin embargo falta completarlo como lo solicita el Ministerio. Sin duda con ello se pone de manifiesto y evidencia lo que significa la participación de la sociedad en la estructuración de un Reglamento que pone fin a otros realizados al calor del debate político antes que profesional. Con el Reglamento presentado se coloca una de las piezas fundamentales para consolidar la profesión docente y se aspira a desterrar un mal endémico en nuestra patria y en especial en el sector educación: la injerencia de los políticos en la formación de los docentes y en su desarrollo profesional.

Se empeñó la palabra y se ha cumplido desde el sector. Ahora falta a la sociedad que brinde sus aportes para enriquecer esta propuesta.

2. Diferencias y aportes. A grosso modo en los Títulos, Capítulos, Sub-capítulos y 215 Artículos encontramos una diferencia en el contenido. El Reglamento supera la Ley como objetivo, fundamento y perspectivas. El estilo de quienes han redactado el documento es otro y muestra que conocen “el oficio” de ser docente y las tramas de una legislación demasiado alambicada con la que se ha venido tratando las esperanzas de los docentes por décadas.

Nos hubiera gustado que la Ley fuera el fruto, no de la coyuntura apremiante sino de la razón, de la reflexión sobre lo que significa ser docente hoy en el Perú en trance de crecimiento, en el momento de cambio de paradigmas, de cambios generacionales, del desarrollo del conocimiento, la ciencia y la tecnología. Una mirada mayor, puesta en el horizonte y no en el día a día de nuestra educación.

El Reglamento será acogido por muchos, pues marca una antes y después en el tratamiento del tema laboral y de desarrollo profesional de los docentes. Otros tratarán de recurrir -como siempre- a que todo tiempo pasado fue mejor, sin mirar el cortejo de atropellos que ha sufrido el docente por haber adoptado una profesión con poco reconocimiento y sí con mucho riesgo, pues se trata de formar y educar a personas, a los futuros ciudadanos del Perú. Se trata de formar en y no imponer valores; de desarrollar capacidades y habilidades de manera integral. Pocos comprenderán lo que significa desarrollo profesional del docente porque han estado ceñidos a una mirada de desarrollo centrada sólo en el régimen salarial y laboral y en el reducido campo de mejora profesional a nivel de conocimientos, de superación, de innovación y propuesta profesional. Reducir el cambio y desarrollo profesional a consignas y técnicas motivacionales sin enfatizar en la profundización en los conocimientos, disciplinas y especializaciones es menospreciar el crecimiento de una profesión que tiene por objetivo el desarrollo y educación de la persona.

La propuesta del Reglamento demanda estudio pausado y pensando en la nueva perspectiva que se abre para el magisterio hacia una nueva cultura profesional reflexiva y crítica. La forma cómo se ha planteado el Reglamento y los tópicos que aborda permiten apreciar que la formación no es el único elemento del desarrollo profesional, inciden elementos laborales, económicos, de evaluación dentro de un marco definido como de buen desempeño docente. (Ver documento en: http://www.perueduca.pe/web/desarrollo-docente/marco-del-buen-desempeno-docente. Esta fuente que inspira y da contenido al Reglamento es una mirada diferente a la que tuvimos -y la sociedad aún la tiene- de la profesión docente. Se plantea desde un inicio la necesidad de cambios en la identidad, en el saber y la práctica para cumplir su función social y tener un saber específico: el saber docente.

Sin duda habrá aportes y oposiciones sobre esta propuesta, pero lo que no se puede dejar de apreciar es que forma parte de un continuum entre el Acuerdo Nacional, el PEN y la Ley de Reforma Magisterial. La coherencia entre los postulados y la propuesta a desarrollar en el día a día del desempeño docente, queda manifiesta. No todo puede ceñirse a lo económico, la formación del docente y su desarrollo profesional lo trascienden, pues la responsabilidad es mayor para con la sociedad y la patria.

Que opere el buen talante en los aportes que se alcancen, que se rompan de una vez, con aquellos grilletes que mediatizan el pensamiento, y en consuno se alcancen ideas en prospectiva y no reiteradamente reivindicativas solamente.

Nuestra educación requiere de cambios profundos y el valorar al docente no pasa sólo por un reconocimiento basado en el escalafón, sino en su desarrollo profesional y en la forma cómo aporta al saber pedagógico en una sociedad que responde sólo a las leyes del mercado. La función del docente en la sociedad y su transformación lo demandan en estos tiempos.

El llamado aportar en la construcción al Reglamento, es una invitación a pensar en prospectiva. No dejemos que la oportunidad de mejorar y reconocer la profesión docente se pase nuevamente, aceptemos esta oportunidad para alcanzar nuestras propuestas, observaciones, contribuciones. (09.02.13)

COLEGIO SECUNDARIO MAYOR CRONOGRAMA y REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN 2013

28 enero 2013

Habiendo recibido consultas sobre el proceso de selección de los postulantes aptos según la relación publicada el 28 de enero, consideramos importante dar a conocer el Cronograma a desarrollarse en el mes de Febrero y sus actividades Asimismo el Reglamento del Proceso de selección.

Esta información ha sido obtenida del Cronograma del Proceso de Selección y del Reglamento del Proceso 2013 publicados en la página web del Colegio Mayor Secundario: http://www.colegiomayor.edu.pe/admision.php. Esperemos les sirva no sólo de información sino para prepararse para cada una de las Fases del proceso.

FEBRERO 2013

01 al 16 Proceso de Evaluación Integral: 1ra, 2da y 3ra fase

01 DE Febrero

1ra FASE : Selectiva

Evaluación Escrita: (30%)
– Examen de Aptitud Académica
– Prueba Psicológica

05 de Febrero PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

07 de Febrero

2da FASE: Selectiva

Jornada Vivencial (40%)
12 de Febrero PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

13 – 15 de Febrero

3ra FASE
Selección Final
Evaluación de habilidades cognitivas (Redacción de un texto) 10%
Entrevista personal (20%)

22 de Febrero: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES

26 al 28 de Febrero: PROCESO DE MATRÍCULA E INCORPORACIÓ

FASES DEL PROCESO
_________________________
SELECTIVA
Evaluación Escrita (30%)
– Examen de Aptitud Académica
(Evaluación de habilidades cognitivas)
– Prueba Psicológica
_________________________
SELECTIVA
Jornada Vivencial (40%)
_________________________
SELECCIÓN FINAL
Evaluación de habilidades cognitivas (redacción de un texto)
(10%)
Entrevista personal (20%)
En todas las fases del proceso se indicarán las fechas, horas y/o detalles de la evaluación
en la página web del Colegio Mayor.

Es indispensable que el Postulante presente su Documento Nacional de Identidad (DNI) en
todas las fases del proceso.

DESARROLLO DE LAS FASES DEL PROCESO
6.1 Primera Fase:
Evaluación Escrita
Consiste en el desarrollo de dos pruebas:
a. El examen de aptitud académica, que se ajusta a la propuesta del Diseño
Curricular Nacional.
b. La prueba psicológica, que es un instrumento que examina las habilidades y competencias para el aprendizaje y la convivencia. Los resultados de la prueba psicológica brindarán información referencial.

Los primeros 1000 postulantes con mayor puntaje clasifican a la segunda fase del proceso. La relación de clasificados se publicará oportunamente en la página web del Colegio Mayor.

Segunda Fase:
Jornada Vivencial
La Jornada Vivencial es un espacio de evaluación presencial en conjunto, donde pueden evidenciarse las habilidades sociales, actitudes y expectativas de vida a partir de dinámicas de convivencia y encuentro interpersonal. Los Postulantes interactuan unos con otros mediante diversas actividades, a través de las cuales se evaluarán las habilidades sociales, potencial de liderazgo y, en general, su ajuste al perfil del estudiante al Colegio Mayor.

Los 500 postulantes con mayor puntaje, clasifican a la tercera y última fase del proceso. La relación de clasificados se publicará oportunamente en la página web del Colegio Mayor.

Tercera Fase:
De la Evaluación de Habilidades Cognitivas
En este momento de la tercera fase se evaluarán las habilidades cognitivas a través de la producción de textos escritos. Consta de la redacción de un texto cuya extensión y temática serán indicados en el momento de la evaluación. Se evaluará tanto el contenido como la redacción y ortografía.

De la Entrevista Personal
La entrevista cumple los siguientes objetivos:
– Sustentar el contenido del texto.
– Demostrar sus capacidades de expresión y comprensión oral.
– Exponer con mayor profundidad su trayectoria escolar.

Cada Postulante es entrevistado individualmente por un jurado quien contrastará con el perfil del estudiante del Colegio Mayor. Dicho jurado estará integrado por tres miembros:

– Un representante del Colegio Mayor
– Dos representantes de la institución que realiza el proceso

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
La Comisión de Admisión publicará en la página web del Colegio Mayor los resultados finales del Proceso de Selección 2013, señalando los 300 ingresantes a nivel nacional.

MATRÍCULA E INCORPORACIÓN
a. La matrícula se realiza en línea, conforme a las directivas establecidas por el Colegio Mayor, que se publicarán oportunamente en la página web del Colegio Mayor.

b. El internamiento y entrega de documentos de cada ingresante se realiza en las fechas indicadas en el cronograma y en la sede del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú: Km 24,5 de la Carretera Central – Chaclacayo (Centro de Convenciones Huampaní).

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
a. Toda información referente al Proceso de Selección, así como la documentación oficial, será publicada en la página web del Colegio Mayor: http://www.colegiomayor.edu.pe

Los documentos publicados tienen validez normativa.

b. Todas las actividades y plazos del Proceso de Selección se encuentran indicados en el cronograma del presente Reglamento.

c. Todos los resultados emitidos por la Comisión de Admisión son inapelables.

d. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por la Comisión de Admisión del Colegio Mayor.

e. Si un ingresante renuncia expresamente a la vacante ganada o no se matricula en las fechas establecidas, se brindará la posibilidad que, de acuerdo al orden de mérito por región, el siguiente Postulante de la lista ocupe la vacante.

f. Los ingresantes y sus padres/madres o apoderado, se sujetarán al Reglamento Interno del Colegio Mayor.